Una demanda ejecutiva singular con medidas cautelares puede ser la solución. Este recurso legal te permite exigir el pago de una obligación pendiente y asegurar el cumplimiento de la sentencia. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el formato de demanda ejecutiva singular con medidas cautelares, incluyendo su utilidad, los casos en que se utiliza y un modelo que puedes adaptar a tu situación.
¿Qué es el Formato de Demanda Ejecutiva Singular con Medidas Cautelares?
El formato de demanda ejecutiva singular con medidas cautelares es un documento legal que se presenta ante un juez para exigir el pago de una deuda vencida y que consta en un título ejecutivo (como un contrato, una factura o un pagaré). Además, este tipo de demanda incluye la solicitud de medidas cautelares, que son acciones legales que buscan asegurar que el deudor cumpla con la obligación de pago, incluso si se niega a hacerlo voluntariamente.
Utilidad del Formato de Demanda Ejecutiva Singular con Medidas Cautelares
La principal utilidad de este formato es agilizar el proceso de cobro de una deuda. Al contar con un título ejecutivo, se presume la existencia de la obligación y se facilita la obtención de una sentencia favorable. Además, las medidas cautelares permiten proteger los bienes del deudor y garantizar el cumplimiento de la sentencia, incluso si el deudor intenta ocultarlos o transferirlos a terceros.
Casos en que se Debe Utilizar este Formato
El formato de demanda ejecutiva singular con medidas cautelares se utiliza en los siguientes casos:
- Cuando existe una deuda vencida y exigible que consta en un título ejecutivo.
- Cuando el deudor se niega a pagar la deuda de forma voluntaria.
- Cuando existe el riesgo de que el deudor no cumpla con la obligación de pago, ya sea porque no tiene bienes suficientes o porque intenta ocultarlos.
Modelo de demanda ejecutiva singular con medidas cautelares
SEÑOR:
JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE ….
E. S. D.
REFERENCIA: DEMANDA EJECUTIVA SINGULAR DE MAYOR CUANTÍA.
REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO SINGULAR.
DEMANDANTE: …
DEMANDADO: …
XXX, mayor de edad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. XXX expedida en la ciudad de xxx, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional de abogado Nº xxx expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, actuando en mi calidad de apoderado judicial especial de xxx, persona jurídica de derecho privado, con domicilio principal en la ciudad de xxxx, identificada con XXXX, representada legalmente por XXXXXX , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía Nº xxxx, conforme al poder adjunto, y quien actúa como demandante dentro de la presente acción, por medio de este escrito me permito formular ante su Despacho DEMANDA VERBAL DE MAYOR CUANTÍA DE DECLARACIÓN DE DEUDA Y DEMÁS PRETENSIONES, en contra de la XXXX, entidad sin ánimo de lucro, identificada con NIT XXXX, representada Legalmente por XXX, mayor de edad, identificado con C.C. No. XXXX, o quien haga sus veces, para que se libre a favor de mi mandante y en contra del demandado, mandamiento de pago por las sumas que indicaré en la parte petitoria de esta demanda.
I. HECHOS.
- La sociedad XXX, identificada XXX, tuvo relaciones comerciales y/o mercantiles con XXX.
- Como consecuencia de esas relaciones comerciales y/o mercantiles entre las sociedades mencionadas, XXX, radicó en las instalaciones que tiene habilitadas XXX, las facturas de venta No. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 11, 12, 13, 14 y 16 que ascendían a la suma de XXX
- Las facturas de venta No. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 11, 12, 13, 14 y 16, fueron endosadas en garantía a XXX.
- XXXX, inició proceso ejecutivo en contra de XXXX, el cual, por reparto le correspondió al JUZGADO XXX, y cuyo No. de radicado es 0000.
- JUZGADO XXX, mediante auto XXX, libró mandamiento de pago en favor de XXX.
- El día … (0) de … del 20-, XXX y XXXX, sin mediar error, fuerza o dolo las partes suscribieron acuerdo de pago, donde se establecieron concesiones reciprocas de condonación de intereses moratorios y pago oportuno de las obligaciones allí contenidas, con la finalidad de pagar las sumas pendientes de pago, y como consecuencia, terminar el proceso ejecutivo singular de mayor cuantía que cursaba en el correspondió al XXX , radicado es XXX
- En la CLÁUSULA PRIMERA del acuerdo de pago del …() de … del año en curso, las partes acordaron como valor del mismo, la suma de M/CTE ($000.000.000), por concepto de capital e intereses y honorarios de abogados.
- Las partes acordaron que suma descrita en el numeral anterior, se pagaría en tres (03) cuotas, de la siguiente manera:
“CLÁUSULA TERCERA: MERITO EJECUTIVO: LAS PARTES declaran que este CONTRATO presta mérito ejecutivo, por constituirse como un título claro, expreso, y actualmente exigible, para la efectividad de las obligaciones contenidas en el presente documento.”
- Con la suscripción del acuerdo de pago del … (0) de … de 20-, cualquier vicio que llegara a afectar la facturación con la cual se ejecutó a XXX , quedó subsanado, puesto que la sociedad, aceptó las sumas pendientes de pago en favor del aquí demandante.
- El acuerdo de pago enunciado con anterioridad, constituye título ejecutivo de acuerdo al artículo 422 del Código General del Proceso, al contener obligaciones claras, expresas y exigibles.
- Como intereses moratorios se pactaron de acuerdo a la tasa que certifique la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA, los cuales al momento de la presentación de esta demanda ascienden al valor de: XXXXXXXXXXXXX.
- Al encontrarse vencido el plazo, el demandado no ha cancelado ni el capital ni los intereses al día de la presentación de esta demanda ejecutiva de mayor cuantía.
- PRETENSIONES.
Por lo anteriormente expuesto, solicito respetuosamente a este Despacho, se sirva librar mandamiento ejecutivo en mí favor y en contra del ejecutado XXX, entidad sin ánimo de lucro, identificada con XXX, representada Legalmente por XXX, mayor de edad, identificado con XXX, o quien haga sus veces por las siguientes sumas:
- Por la suma de XXX, por concepto de cuota vencida, el día … (0) de … de 20-.
- Por los intereses moratorios, sobre la suma de dinero contenida en la PRIMERA CUOTA, desde el momento en que se hicieron exigibles y hasta que se paguen en forma satisfactoria, a la tasa máxima legalmente permitida, de acuerdo con las normas pertinentes del C. de Co, especialmente el art. 884 del mismo, y demás que resulten aplicables.
- Se condene al ejecutado a sufragar las costas del proceso y así mismo las agencias en derecho.
- Solicito Señor Juez me sea reconocida personería Jurídica para actuar en este proceso.
- PRUEBAS.
Ruego tener por tales las siguientes:
DOCUMENTALES:
- El ACTA donde reposa el ACUERDO DE PAGO suscrito entre las partes, que data deldía … (0) de … de 20-.
- FUNDAMENTOS DE DERECHO.
Ha sido variada la Jurisprudencia que emitida por las altas cortes del país en relación con la facultad de demandar con títulos ejecutivos. Al respecto, se ha señalado que:
“ACCION EJECUTIVA – Título ejecutivo. Requisito esencial / TITULO EJECUTIVO – Definición / TITULO EJECUTIVO – Obligación clara, expresa y exigible
Para adelantar una acción ejecutiva es requisito esencial que exista un título ejecutivo, que constituye el instrumento por medio del cual se hace efectiva una obligación, sobre cuya existencia no cabe duda alguna. En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que “Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante.”[1]
A su vez, La Corte Suprema de Justicia, sala Civil, a través de su jurisprudencia, ha reiterado la relevancia e importancia jurídica del artículo 1602 del Código Civil Colombiano, estableciendo que:
“En virtud del principio de normatividad jurídica contenida en el artículo 1602 del Código Civil, quien celebra un contrato queda obligado al cumplimiento de lo pactado, como también a todo aquello que emana de la naturaleza de la obligación, o que por ley le pertenece. Por medio de este precepto, el Estado limita al máximo su intervención en los asuntos de los particulares, los cuales quedan sometidos a la autonomía de la voluntad de los diversos agentes económicos, quienes en ejercicio de su libertad de estipulación contribuyen al crecimiento de la economía.
La ley reconoce, de manera amplia, el poder jurídico de libertad de contratación, permitiendo que los particulares fijen el contenido de sus negocios, su extensión y las modalidades de las relaciones patrimoniales, delimitadas únicamente por los postulados de la buena fe, el orden público y las buenas costumbres.”[2]
En el caso que nos ocupa, la demanda se fundamenta en el ACUERDO DE PAGO, que data del día … (0) de marzo de 20-, el cual cumple con cada uno de los requisitos exigidos por la ley, específicamente el artículo 422 del Código General del Proceso, constituyéndose éste en un título ejecutivo exigible por vía ejecutiva, en tanto las obligaciones son claras (no hay necesidad de acudir a otros medios para constatar las obligaciones que se exigen), expresas (en el documento se evidencia y materializa la obligación que se exige) y exigibles (el plazo para su cumplimiento ya finiquitó y a la fecha el ejecutado se encuentra en mora de su pago).
Por último, Señor Juez, con el fin de constatar la plena procedencia de lo que aquí se demanda, encontramos que:
- Existe un fundamento para poder librar mandamiento ejecutivo, por cuenta ACUERDO DE PAGO, que data del día … (0) de … de 20-, que con previamente referido.
- Para este momento, de conformidad con los documentos que se aportan, estamos ante la presencia de una obligación clara, expresa y exigible para su cobro, que se pretende por esta vía jurisdiccional.
- PROCEDIMIENTO.
Se trata de un proceso ejecutivo singular de mayor cuantía, procedimiento regulado conforme al TÍTULO ÚNICO CAPÍTULO I del Código General del proceso, artículos 422 y siguientes.
- COMPETENCIA Y CUANTIA.
El presente proceso es un ejecutivo singular de mayor cuantía. Es usted competente Señor Juez, en los términos del artículo 28 del Código General del Proceso, por cuenta del lugar del domicilio del demandado.
- ANEXOS.
Acompañan la presente demanda a más de los documentos anunciados en el acápite de las pruebas:
- Documentos relacionados como pruebas.
- Cuaderno de Medidas Cautelares.
- NOTIFICACIONES.
EL DEMANDADO:
Dirección:
Email:
EL SUSCRITO:
Dirección:
Email:
Del Señor Juez,
Abogado
Identificación
Guía para Diligenciar la Demanda Ejecutiva Singular con Medidas Cautelares
Esta guía le ayudará a completar correctamente el formato de Demanda Ejecutiva Singular de Mayor Cuantía, asegurando que contenga toda la información necesaria para su admisibilidad.
1. Encabezado
- Juez competente: Escriba el nombre del Juez Civil del Circuito al que dirigirá la demanda.
- Ciudad: Indique la ciudad donde se radicará la demanda.
2. Referencia del Proceso
- Demanda Ejecutiva Singular de Mayor Cuantía
- Proceso Ejecutivo Singular
- Demandante: Nombre completo o razón social del demandante.
- Demandado: Nombre completo o razón social del demandado.
3. Identificación del Demandante y su Apoderado
- Nombre del abogado que actúa como apoderado.
- Número de cédula del abogado y ciudad de expedición.
- Número de tarjeta profesional del abogado.
- Nombre de la persona o empresa demandante.
- NIT o cédula de ciudadanía del demandante.
- Representante legal del demandante (si aplica).
4. Identificación del Demandado
- Nombre de la persona o empresa demandada.
- NIT o cédula de ciudadanía.
- Nombre del representante legal (si aplica).
- Dirección de notificación.
5. Hechos de la Demanda
Debe redactar detalladamente los hechos que justifican la demanda. Entre ellos:
- Relación comercial entre demandante y demandado.
- Facturas que soportan la deuda y su endoso en garantía.
- Existencia de un proceso ejecutivo previo (si aplica).
- Mandamiento de pago librado por otro juzgado (si corresponde).
- Firma de un acuerdo de pago entre las partes.
- Monto total de la obligación (capital, intereses y honorarios).
- Incumplimiento del demandado al acuerdo de pago.
- Cálculo de intereses moratorios según la Superintendencia Financiera.
- Confirmación de que el plazo de pago ha vencido y la deuda sigue pendiente.
6. Pretensiones
En esta sección, solicite formalmente al Juez que:
- Librar mandamiento ejecutivo contra el demandado por el monto adeudado.
- Ordenar el pago de intereses moratorios, calculados según la tasa máxima permitida.
- Condenar al demandado al pago de costas y agencias en derecho.
- Reconocer la personería jurídica del abogado apoderado.
7. Pruebas
Enumere los documentos que soportan la demanda, tales como:
- Acuerdo de pago firmado entre las partes.
- Facturas de venta que respaldan la deuda.
- Extractos contables que demuestren el incumplimiento.
- Correspondencia entre las partes (si aplica).
8. Fundamentos de Derecho
- Cite la jurisprudencia aplicable sobre la validez del título ejecutivo.
- Artículo 422 del Código General del Proceso que establece que un acuerdo de pago constituye título ejecutivo.
- Artículo 1602 del Código Civil Colombiano, sobre el cumplimiento de contratos.
- Criterios de la Corte Suprema de Justicia sobre la autonomía de la voluntad en contratos.
9. Procedimiento
Indique que el proceso se rige por el Título Único, Capítulo I, del Código General del Proceso, artículos 422 y siguientes.
10. Competencia y Cuantía
- Explique por qué el Juez Civil del Circuito es competente, conforme al artículo 28 del Código General del Proceso.
- Aclare que se trata de un proceso de mayor cuantía.
11. Anexos
Adjunte los siguientes documentos:
- Documentos relacionados como pruebas.
- Cuaderno de Medidas Cautelares.
12. Notificaciones
Demandado:
- Dirección completa
- Correo electrónico (si se conoce)
Demandante y abogado:
- Dirección del abogado
- Correo electrónico del abogado
13. Firma
Finalmente, el abogado apoderado debe firmar la demanda y agregar:
- Nombre completo
- Número de cédula
- Número de tarjeta profesional
Consejos Finales
✔️ Verifique que la deuda esté completamente soportada con documentos.
✔️ Asegúrese de incluir el acuerdo de pago como título ejecutivo.
✔️ Adjunte pruebas de incumplimiento del pago.
✔️ Revise que la demanda incluya todas las pretensiones necesarias.
Conclusión
El formato de demanda ejecutiva singular con medidas cautelares es una herramienta legal poderosa para recuperar deudas de forma rápida y efectiva. Sin embargo, es importante contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho civil para asegurar que la demanda cumpla con todos los requisitos legales y se ajuste a tu situación específica.