¿Estás pensando en crear un fondo de inversiones y no sabes por dónde comenzar? La Minuta de Constitución de Fondo de Inversiones es el primer paso legal para formalizar este tipo de entidad financiera. Este documento es importante para establecer las reglas, funciones y estructura de un fondo que busca atraer recursos de terceros para invertir en diversos activos.
¿Qué es la Minuta de Constitución de Fondo de Inversiones?
La Minuta de Constitución de Fondo de Inversiones es un documento que recoge de forma escrita los términos bajo los cuales se constituye un fondo de inversiones. Funciona como un contrato entre los aportantes y la entidad administradora, estableciendo sus derechos, deberes y mecanismos de operación.
Este tipo de minuta incluye datos básicos como el nombre del fondo, duración, objetivo de inversión, entidad administradora, monto mínimo de aportes, políticas de inversión, causales de disolución y demás cláusulas relacionadas con su operación y supervisión.
¿Cuál es la utilidad de esta minuta?
La utilidad de la Minuta de Constitución de Fondo de Inversiones va más allá del simple cumplimiento normativo. Su objetivo principal es brindar transparencia y seguridad jurídica tanto a los inversionistas como a la entidad administradora del fondo.
- En primer lugar, permite establecer claramente las condiciones bajo las cuales operará el fondo, incluyendo la forma de manejo de los recursos, la periodicidad de los informes, las comisiones que se cobrarán y los procedimientos para el retiro o inclusión de nuevos inversionistas.
- En segundo lugar, sirve como un instrumento clave para resolver posibles disputas entre las partes, ya que todos los acuerdos están debidamente consignados por escrito.
- Finalmente, es una herramienta esencial en el proceso de registro del fondo ante los entes regulatorios, ya que demuestra que cumple con los requisitos exigidos por la ley.
¿En qué casos se debe utilizar este formato?
El formato de Minuta de Constitución de Fondo de Inversiones debe utilizarse en todos los casos en que se cree un fondo de este tipo, ya sea público o privado, colectivo o cerrado. Es obligatorio cuando se quiere gestionar recursos de terceros con el propósito de invertirlos en instrumentos financieros, bienes raíces, emprendimientos u otros activos.
También se requiere este formato en los siguientes escenarios:
- Cuando se crea un fondo para captar inversionistas bajo oferta pública.
- Si se va a registrar el fondo ante una cámara de comercio o entidad financiera.
- En la constitución de fondos administrados por fiduciarias o sociedades comisionistas.
- Para fondos de capital privado, fondos de inversión colectiva o fondos inmobiliarios.
Incluso en casos donde los aportantes son pocos o pertenecen al mismo grupo familiar, este documento sigue siendo útil para dejar constancia de los acuerdos pactados y evitar futuros conflictos.
Minuta de constitución de fondo de inversiones
Comparecieron …………… y ……………, personas mayores de edad y vecinos de ……………, identificados como aparece al pie de sus respectivas firmas, actuando en representación de …………, con domicilio en …………, quienes manifiestan haber acordado constituir un fondo común de inversión, que se regirá por las siguientes cláusulas:
A) CONSTITUCIÓN Y DEFINICIONES
La sociedad …………, con domicilio en …………, en adelante denominada “…………”, y la sociedad …………, con domicilio en …………, en adelante denominada “…………”, constituyen un fondo común de inversión, en adelante “el Fondo”, destinado a adquirir y administrar, por cuenta de los tenedores de cuotas-parte, valores mobiliarios cotizados en bolsas o mercados nacionales o extranjeros, conforme a la legislación y reglamentación vigente.
PRIMERA: Duración
El plazo de duración del Fondo será indefinido.
SEGUNDA: Certificados
El derecho de los cuota-partistas estará representado en certificados al portador, que podrán corresponder a una o más cuotas-parte.
B) DE LAS CUOTAS-PARTE
TERCERA: Valor
El valor de cada cuota-parte se determinará dividiendo el valor total de los activos del Fondo, conforme a la cláusula novena, por el número de cuotas en circulación. La emisión de cuotas-parte será continua, conforme a las condiciones fijadas por la sociedad gerente.
Los recursos obtenidos se destinarán a la adquisición de valores mobiliarios cotizados en los mercados nacionales o internacionales, según lo dispuesto por la normativa vigente.
C) OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD DEPOSITARIA
CUARTA: Funciones
Corresponde a la sociedad depositaria:
a) Recibir los aportes por emisión de cuotas-parte y realizar los reembolsos por rescates, conforme a la cláusula novena.
b) Abonar las compras y recibir el producto de las ventas de valores mobiliarios, conforme al plan de inversiones.
c) Custodiar los valores del Fondo según lo previsto en este contrato y las normas aplicables.
d) Supervisar que la sociedad gerente cumpla las políticas de inversión conforme a lo establecido en este contrato y la normativa aplicable.
e) Distribuir los beneficios conforme a la cláusula duodécima.
La selección de las inversiones será responsabilidad exclusiva de la sociedad gerente.
D) DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL FONDO – INVERSIONES
QUINTA: Administración
La sociedad gerente administrará el Fondo, procurando la diversificación y equilibrio de riesgos, conforme a las siguientes reglas:
a) Ninguna inversión podrá representar más del …% del patrimonio.
b) No se podrá poseer más del …% del capital de una misma entidad.
c) Se priorizarán empresas con trayectoria estable y rentabilidad sostenida.
d) Al menos …% de la cartera deberá estar invertida en empresas con capital mínimo de $……… o patrimonio neto de $………
e) Las empresas deben estar autorizadas para cotizar desde ………
f) Al menos …% de la cartera deberá estar compuesta por acciones cuya negociación en bolsa en el año anterior haya superado las ………… unidades.
SEXTA: Venta y reinversión
La sociedad gerente podrá vender acciones en bolsas nacionales o extranjeras autorizadas, y reinvertir el producto de dichas ventas conforme a este contrato.
SÉPTIMA: Endeudamiento
La sociedad gerente no podrá contraer deudas en nombre del Fondo, salvo por el ejercicio del derecho de preferencia. En ningún caso se comprometerá el Fondo por montos superiores a su haber.
E) RETRIBUCIÓN POR ADMINISTRACIÓN
OCTAVA: Gastos y comisiones
El límite anual de los gastos de gestión será de …% del promedio del patrimonio neto del Fondo. La retribución máxima anual para la sociedad gerente y la depositaria será de …%, distribuido en …% para la sociedad gerente y …% para la depositaria. El pago se realizará trimestralmente.
F) EMISIÓN Y RESCATE DE CUOTAS-PARTE
NOVENA: Emisión
El precio de emisión será fijado diariamente por la sociedad gerente, con base en el valor del patrimonio neto dividido por el número de cuotas en circulación. Se aplicará el tipo de cambio comprador del Banco de ……, y podrá adicionarse una comisión de hasta …%. El precio será válido hasta la apertura del siguiente día hábil bursátil.
DÉCIMA: Rescate
La sociedad gerente, por medio de la depositaria, deberá rescatar las cuotas solicitadas dentro de … horas. El precio se determinará conforme a lo establecido en la cláusula novena. Esta obligación podrá suspenderse en situaciones excepcionales previstas en la ley.
UNDÉCIMA: Aporte en especie
La sociedad gerente podrá aceptar, como forma de suscripción, acciones que cumplan los requisitos contractuales y legales, las cuales serán valuadas al cierre del día de entrega o el inmediatamente anterior.
G) CIERRE DE EJERCICIOS Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
DUODÉCIMA: Ejercicio y reparto
Los ejercicios fiscales cerrarán el … de … de cada año. La distribución de utilidades será provisional el … de … y definitiva el … de …, pagadera en efectivo, cheque o giro dentro de los … días siguientes. Alternativamente, los cuota-partistas podrán recibir su participación en nuevas cuotas, sin cobro de comisión.
Hasta un …% de las utilidades podrá retenerse, y se distribuirán también los beneficios extraordinarios provenientes de realización de activos.
DÉCIMO TERCERA: Informe anual
Al cierre de cada ejercicio, la sociedad gerente publicará un informe con estados financieros, certificación del síndico y refrendado por la depositaria.
H) REPRESENTACIÓN DEL FONDO Y DE LOS CUOTA-PARTISTAS
DÉCIMO CUARTA: Aceptación del contrato
La tenencia de un certificado implica aceptación íntegra del presente contrato, que se reproducirá en los certificados.
DÉCIMO QUINTA: Representación
La sociedad gerente será la única representante del Fondo y de los cuota-partistas ante terceros.
DÉCIMO SEXTA: Facultades adicionales
La sociedad gerente podrá ejercer todas las funciones necesarias o convenientes para el desarrollo del Fondo, incluso si no están expresamente mencionadas en este contrato.
DÉCIMO SÉPTIMA: Control de gestión
Ante incumplimientos graves, el depositario podrá reemplazar a la sociedad gerente en la administración del Fondo.
DÉCIMO OCTAVA: Reformas
Cualquier modificación del contrato deberá ser propuesta por la sociedad gerente y aprobada por el depositario.
DÉCIMO NOVENA: Fraccionamiento de certificados
Los cuota-partistas podrán solicitar la conversión de un certificado múltiple en otros individuales, mediante el pago del costo de impresión.
VIGÉSIMA: Delegación de funciones
Por razones operativas o de conveniencia, la sociedad gerente podrá delegar funciones, con aprobación del depositario.
VIGÉSIMO PRIMERA: Modificaciones contractuales
No se podrán pactar condiciones distintas a las aprobadas en este contrato de gestión.
VIGÉSIMA SEGUNDA: Rescisión
Los órganos activos podrán rescindir el contrato mediante preaviso con … meses de antelación.
VIGÉSIMO TERCERA: Prescripción
Los beneficios no reclamados prescriben a favor del Fondo a los … años desde su disponibilidad.
VIGÉSIMO CUARTA: Conflictos
Las controversias entre la sociedad gerente y la depositaria serán resueltas sin apelación por un tribunal arbitral, designado como amigable componedor.
VIGÉSIMO QUINTA: Liquidación
Con acuerdo de la depositaria, la sociedad gerente podrá disponer la liquidación del Fondo, distribuyendo el producto neto entre los cuota-partistas. Podrán entregarse acciones en especie según su cotización al cierre bursátil.
🧾 Guía práctica para diligenciar el Formato de Constitución de un Fondo de Inversión
Este instructivo te ayudará a diligenciar paso a paso cada una de las secciones del contrato de constitución de un fondo común de inversión, explicando qué debes escribir y cómo hacerlo correctamente.
1. 🔹 Datos iniciales de los comparecientes
¿Qué debes incluir?
- Nombres completos de las personas que comparecen.
- Identificación (cédula o documento equivalente).
- Ciudad de residencia.
- Calidad en la que actúan (representantes legales, apoderados, socios, etc.).
- Nombre y domicilio de las sociedades que representan.
📌 Ejemplo:
Comparecieron Juan Pérez y María Gómez, mayores de edad, vecinos de Bogotá D.C., identificados con cédula de ciudadanía No. ……, actuando como representantes legales de Inversiones Global S.A.S. y Capital Estratégico Ltda., domiciliadas en Medellín y Cali respectivamente.
2. 🔹 Constitución del fondo
A. CONSTITUCIÓN – DEFINICIONES
¿Qué debes hacer?
- Completa los nombres de las sociedades que conforman el fondo.
- Define los nombres abreviados con los que se referirá a cada sociedad en el documento.
- Indica el nombre que tendrá el fondo de inversión.
- Aclara que el fondo invertirá en valores mobiliarios cotizados en bolsas nacionales o extranjeras.
📌 Consejo: Usa un nombre comercial atractivo para el fondo, que refleje su objetivo (por ejemplo: Fondo Horizonte Capital).
3. 🔹 Cláusulas operativas
PRIMERA: Plazo de duración
- Usualmente se indica que es “ilimitado”, pero puedes establecer un término fijo si lo deseas.
SEGUNDA: Certificados de cuota-parte
- Aclara que el certificado será al portador.
- Indica que puede representar una o más cuotas.
4. 🔹 Cuotas-parte
TERCERA: Valor
- Se calcula dividiendo el valor total del fondo entre el número de cuotas en circulación.
- La sociedad gerente define las condiciones de emisión.
¿Qué debes hacer?
- No se requiere llenar nada aquí. Solo asegúrate de entender cómo se calculará el valor.
5. 🔹 Funciones de la sociedad depositaria
CUARTA: Obligaciones
¿Qué debes revisar?
- Que la depositaria sea una entidad legalmente habilitada.
- Debes asegurarte de que cumplirá con las funciones de:
- Recibir aportes.
- Custodiar títulos.
- Supervisar a la sociedad gerente.
6. 🔹 Administración e inversiones
QUINTA: Políticas de inversión
¿Qué debes diligenciar?
- Porcentajes máximos de inversión en una sola acción o entidad.
- Monto mínimo de capital o patrimonio de las empresas en las que se puede invertir.
- Requisitos de liquidez de las acciones.
📌 Ejemplo:
a) Máximo 10% del patrimonio en una acción.
b) No más del 15% del capital de una misma entidad.
d) Empresas con capital mínimo de $5.000.000.000.
SEXTA Y SÉPTIMA: Venta y endeudamiento
- La sociedad gerente puede vender acciones y reinvertir.
- No se permite endeudamiento, salvo por suscripciones preferentes.
✅ No debes diligenciar nada aquí, solo asegurarte de que la sociedad gerente lo comprenda.
7. 🔹 Retribuciones
OCTAVA: Gastos y comisiones
¿Qué debes completar?
- Porcentaje de gastos de gestión anual (recomendado: entre 1% y 3%).
- Porcentaje de retribución total para gerente y depositaria.
- Distribución de ese porcentaje (ej. 70% para gerente, 30% para depositaria).
📌 Ejemplo:
Límite: 2% anual.
Reparto: 1.4% para la gerente, 0.6% para la depositaria.
8. 🔹 Emisión y rescate de cuotas
NOVENA: Emisión
¿Qué debes diligenciar?
- Comisión máxima por emisión de cuotas (ej. 1.5%).
- Bolsa principal de referencia (ej. Bolsa de Valores de Colombia – BVC).
DÉCIMA: Rescate
- Define el plazo para pago del rescate (ej. 48 horas).
- Recuerda que puede suspenderse en casos excepcionales.
9. 🔹 Aportes en especie
UNDÉCIMA: Aceptación de acciones en pago
- Las acciones deben cumplir los requisitos del contrato.
- Se valoran con base en el precio de cierre bursátil.
✅ No requiere diligenciamiento adicional.
10. 🔹 Cierre de ejercicios y utilidades
DUODÉCIMA: Fechas y reparto
¿Qué debes llenar?
- Fecha de cierre del ejercicio (ej. 31 de diciembre).
- Fechas de reparto provisional y definitivo (ej. 30 de marzo y 30 de junio).
- Días hábiles para el pago (ej. dentro de 10 días).
- Porcentaje máximo que puede no distribuirse (ej. 10%).
11. 🔹 Informes
DÉCIMO TERCERA:
- Se debe publicar informe anual con estados financieros.
✅ Revisa que esté certificado por el síndico y refrendado por la depositaria.
12. 🔹 Representación y gestión
DÉCIMO CUARTA A VIGÉSIMO QUINTA
Aquí debes completar:
- Nombres o designación del tribunal arbitral (VIGÉSIMO CUARTA).
- Periodo de prescripción de beneficios no reclamados (ej. 5 años).
- Meses de preaviso para rescindir el contrato (ej. 3 meses).
- Condiciones de liquidación (reafirmar que se pueden pagar en acciones o dinero).
🧠 Recomendaciones finales:
✅ Consulta legal: Si tienes dudas, consulta con un abogado experto en fondos de inversión o derecho financiero.
✅ Verifica los porcentajes: Los límites de inversión, comisión y gastos deben ajustarse a la regulación vigente (ej. normas de la Superfinanciera).
✅ Registra el contrato: Una vez diligenciado y firmado, asegúrate de registrarlo si es exigido por la normatividad.
Conclusión:
Contar con una Minuta de Constitución de Fondo de Inversiones no solo es una obligación en muchos casos, sino también una estrategia inteligente para proteger los recursos de los inversionistas y garantizar la transparencia en la gestión. Este documento establece reglas claras desde el inicio y evita malentendidos futuros entre los participantes.