Perder a un ser querido ya es lo suficientemente difícil como para que, encima, el papeleo se convierta en un laberinto sin salida. Si estás aquí, probablemente es porque escuchaste hablar del acta que da inicio al trámite de liquidación sucesoral y te suena a chino básico. No te preocupes, no eres el único que se siente así frente a los términos notariales.
En términos sencillos, este documento es el «banderazo de salida». Sin él, los bienes (la casa, el carro o incluso la cuenta de ahorros del abuelo) siguen en un limbo jurídico. Vamos a desmenuzar qué es, para qué sirve y cuándo realmente necesitas tener este formato en tus manos.
¿Qué es exactamente este documento de apertura?
Cuando hablamos del acta que da inicio al trámite de liquidación sucesoral, nos referimos al documento formal —generalmente elaborado por un notario— donde se acepta que existe una herencia por repartir y que los herederos están listos para el proceso.
¿Es un simple papel? Para nada. Es la aceptación oficial de la herencia. Piensa en esto como la llave que abre la puerta de la notaría. Sin esta acta, legalmente no ha pasado nada, aunque lleves meses repartiendo la ropa del difunto entre los primos.
¿Qué es el modelo de apertura de sucesión?
El modelo o minuta es la estructura legal que contiene los datos del fallecido (el causante), la lista de los herederos y la declaración de que no hay otros procesos judiciales abiertos por lo mismo. Es el esqueleto que le da forma legal a la voluntad de la familia de arreglar las cosas «por las buenas».
Utilidad que tiene esta minuta en el proceso notarial
Seguramente te estarás preguntando: «¿Y no podemos simplemente firmar algo nosotros y ya?». La respuesta corta es no. La utilidad que tiene esta minuta radica en la seguridad jurídica.
- Evita pleitos futuros: Al quedar todo por escrito desde el primer día, se reducen las posibilidades de que un pariente aparezca de la nada reclamando algo que no le toca.
- Permite los edictos: Una vez se firma esta acta, el notario ordena publicar un edicto en el periódico y en la radio. ¿Para qué? Para avisar a cualquier acreedor o hijo no reconocido que el proceso ha comenzado.
- Organiza las cuentas: Sirve de base para realizar el inventario y avalúo de los bienes.
¿Alguna vez has intentado vender el carro de alguien que ya no está? Sin este trámite inicial, el tránsito simplemente te dirá que el dueño sigue siendo la persona fallecida y ahí se frena todo el negocio.
Casos en que se debe utilizar este formato de acta
No todas las muertes requieren un despliegue burocrático de este nivel, pero en la mayoría de los casos donde hay patrimonio de por medio, el acta que da inicio al trámite de liquidación sucesoral es obligatoria. Aquí te doy unos ejemplos claros de cuándo usar este formato:
- Sucesiones de mutuo acuerdo: Este es el escenario ideal. Todos los herederos están felices (o al menos se toleran) y deciden ir al notario en lugar de ir a un juzgado.
- Existencia de bienes inmuebles: Si hay casas, lotes o fincas, necesitas el acta para que luego la sentencia o escritura de partición se pueda registrar en la Oficina de Instrumentos Públicos.
- Trámites bancarios: Muchos bancos exigen que el proceso de sucesión esté iniciado formalmente para liberar saldos que superen los topes de ley.
- Cuando hay un testamento: Incluso si el abuelo dejó todo escrito, el acta es necesaria para validar ese testamento y empezar a ejecutar sus deseos.
Elementos clave que no pueden faltar
Para que este documento no sea rechazado y no pierdas tiempo dando vueltas, asegúrate de que incluya:
- Identificación plena: Nombres, cédulas y parentesco de todos los interesados.
- El último domicilio del fallecido: Esto determina qué notaría tiene la competencia para llevar el caso.
- La manifestación de aceptación: Una frase donde los herederos dicen «sí, acepto la herencia con beneficio de inventario» (esto último es vital para no terminar pagando las deudas del difunto con tu propio bolsillo).
ACTA No. ___
C.C. ___ de ___
En __________, departamento de _______, República de Colombia, a los ___ días del mes de __________ de 19, compareció ante la Notaría ___ del Círculo de __________ el doctor __________, identificado con cédula de ciudadanía No. __________ expedida en __________, vecino de __________, abogado en ejercicio, portador de la libreta militar No. __________ del Distrito Militar No. ___ y titular de la tarjeta profesional No. __________ expedida por el Ministerio de Justicia, quien manifestó:
Que comparece con el propósito de iniciar el trámite notarial de liquidación de la sucesión de __________, fallecido(a) en __________ el día __________.
Para tal efecto, presentó solicitud de fecha ___ de __________ de ______, acompañada de los siguientes documentos:
- Registro civil de defunción del causante.
- Registros civiles que acreditan el estado civil de los herederos, legatarios y cónyuge sobreviviente.
- Registro civil de matrimonio del causante (cuando el solicitante sea el cónyuge sobreviviente) o prueba del crédito, si el solicitante fuere acreedor hereditario.
- Inventario y avalúo de los bienes.
- Relación del pasivo de la herencia (y de la sociedad conyugal, si fuere el caso).
- El correspondiente trabajo de partición y/o adjudicación.
El suscrito notario verificó que la solicitud y la documentación anexa cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto 902 de 1988. En consecuencia, la admite y dispone:
- Fijar el edicto emplazatorio por el término de diez (10) días en un lugar visible de esta notaría, así como ordenar su publicación en el periódico __________ y su difusión en la emisora __________. Para tal efecto, se entrega el texto correspondiente al interesado o a su apoderado.
- Ordenar el envío de las comunicaciones respectivas a la Oficina de Cobranzas de la Administración de Impuestos Nacionales y a la Superintendencia de Notariado y Registro, informando sobre la iniciación del trámite para los fines pertinentes.
En constancia, se firma la presente acta a los ___ (___) días del mes de __________ de ______.
El Notario
(Firma y sello)
Guía para diligenciar el Acta de Inicio del Trámite de Liquidación Sucesoral (Notaría – Colombia)
La siguiente guía explica, paso a paso, cómo completar el formato del Acta que da inicio al trámite notarial de liquidación de sucesión, conforme al procedimiento previsto en el Decreto 902 de 1988.
1. Encabezado del acta
ACTA No. ___
- Número consecutivo interno asignado por la notaría.
C.C. ___ de ___
- Número de cédula del compareciente (solicitante o apoderado).
- Lugar de expedición de la cédula.
2. Lugar y fecha
“En __________, departamento de __________, República de Colombia, a los ___ días del mes de __________ de ____…”
- Municipio donde funciona la notaría.
- Departamento correspondiente.
- Día, mes y año en que se suscribe el acta.
3. Identificación del compareciente
“…compareció ante la Notaría ___ del Círculo de __________ el doctor(a) __________…”
Debe indicarse:
- Número de la notaría.
- Círculo notarial.
- Nombre completo del compareciente.
- Número de cédula y lugar de expedición.
- Domicilio o vecindad.
- Profesión (generalmente abogado en ejercicio si actúa como apoderado).
- Libreta militar (si aplica).
- Número de tarjeta profesional y entidad que la expidió (si actúa como abogado).
📌 Nota:
Si quien comparece es heredero directamente y no actúa mediante abogado, se ajustan los datos profesionales según corresponda.
4. Manifestación del objeto del trámite
“Que comparece con el propósito de iniciar el trámite notarial de liquidación de la sucesión de __________…”
Debe incluir:
- Nombre completo del causante (persona fallecida).
- Lugar de fallecimiento.
- Fecha exacta de fallecimiento.
📌 Verifique que coincida exactamente con el registro civil de defunción.
5. Fecha de la solicitud escrita
“Para tal efecto, presentó solicitud de fecha ___ de __________ de ____…”
- Indicar la fecha exacta del memorial de solicitud presentado ante la notaría.
6. Documentos que deben anexarse
Se debe verificar y relacionar que se aporten:
a) Registro civil de defunción
- Documento original o copia auténtica del causante.
b) Registros civiles de los herederos
- Nacimiento (para hijos).
- Matrimonio (si aplica).
- Otros documentos que acrediten parentesco.
c) Registro civil de matrimonio del causante
- Solo si hay cónyuge sobreviviente.
- Si el solicitante es acreedor hereditario, debe anexar prueba del crédito.
d) Inventario y avalúo de bienes
Debe incluir:
- Bienes inmuebles (con matrícula inmobiliaria).
- Vehículos.
- Cuentas bancarias.
- Acciones o derechos.
- Otros activos.
e) Relación del pasivo
- Deudas del causante.
- Obligaciones fiscales.
- Pasivos de la sociedad conyugal (si existía).
f) Trabajo de partición y adjudicación
- Proyecto firmado por abogado.
- Distribución detallada de bienes.
7. Revisión del notario
“El suscrito notario verificó que la solicitud y documentación anexa cumplen…”
Aquí el notario deja constancia de:
- Cumplimiento de requisitos formales.
- Que todos los interesados actúan de común acuerdo.
- Que no existen menores o incapaces sin representación legal.
8. Orden de fijación del edicto
Debe diligenciarse:
- Número de días: diez (10).
- Lugar visible de la notaría.
- Nombre del periódico donde se publicará.
- Nombre de la emisora donde se difundirá.
📌 Estos datos deben corresponder a medios de circulación en el municipio.
9. Comunicaciones obligatorias
Se debe ordenar comunicación a:
- Oficina de Cobranzas de la DIAN (Administración de Impuestos Nacionales).
- Superintendencia de Notariado y Registro.
Esto es obligatorio para control fiscal y registral.
10. Cierre del acta
“En constancia, se firma la presente acta…”
Debe indicarse:
- Día en números y letras.
- Mes.
- Año.
Finalmente:
- Firma del notario.
- Sello oficial de la notaría.
Recomendaciones prácticas
✔ Verificar coincidencia exacta de nombres y números de identificación en todos los documentos.
✔ Confirmar que todos los herederos estén incluidos.
✔ Revisar que los bienes estén plenamente identificados (matrículas, placas, cuentas).
✔ Confirmar que no existan controversias entre herederos (si las hay, el trámite debe ser judicial).
✔ Asegurar que el abogado tenga tarjeta profesional vigente.
Conclusión:
El acta que da inicio al trámite de liquidación sucesoral no es solo un requisito aburrido; es la herramienta que protege el patrimonio familiar y pone orden al caos que suele dejar una partida. Si todos los herederos están alineados, el proceso en notaría es rápido, eficiente y mucho menos doloroso que un juicio que puede durar años.








